Normativa

Decreto 19 y Turismo Aventura: Guía para cumplir la normativa chilena

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Equipo e-tourism
Enero 2026 • 3 min lectura
Digitalización, Legal, Normativa

Cumplir con el Decreto 19 es obligatorio para garantizar la seguridad de los turistas y proteger legalmente a tu empresa de turismo aventura. Conocer y aplicar correctamente sus lineamientos puede marcar la diferencia entre una operación profesional y riesgos legales innecesarios.

¿Qué es el Decreto Nº 19?

El Decreto 19, promulgado por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, es el reglamento que establece el sistema de clasificación, calidad y seguridad para los prestadores de servicios turísticos en Chile.

Específicamente, en su Artículo 34, define los estándares mínimos de seguridad que toda empresa de turismo aventura debe cumplir para operar legalmente. Su objetivo no es solo burocrático, sino preventivo: busca asegurar que tanto el personal como los equipos y procesos estén preparados para gestionar los riesgos inherentes a estas actividades.

Persona con mochila en la montaña sosteniendo un smartphone frente a un paisaje de valles

Obligaciones legales para operadores de turismo aventura

Para prestar servicios de turismo aventura, los operadores deben cumplir con tres pilares fundamentales o "estándares de seguridad":

  • 1. Personal Idóneo

    El personal a cargo debe demostrar su capacidad técnica mediante certificados profesionales, cursos de primeros auxilios y experiencia comprobable. Además, deben ser capaces de gestionar crisis, evaluar riesgos y manejar equipos de comunicación.
  • 2. Documentación Operativa

    La empresa debe contar con cinco documentos críticos para cada actividad:
    • Ficha Técnica: Información pública sobre la duración, dificultad, equipamiento necesario y restricciones de la actividad.
    • Ficha de Inscripción y Aceptación de Riesgo: Documento obligatorio firmado por cada participante.
    • Plan de Prevención y Manejo de Riesgos: Identificación de peligros y medidas de mitigación.
    • Plan de Respuesta a Emergencias: Procedimientos de evacuación, búsqueda y rescate.
    • Plan de Mantenimiento de Equipos: Registro del estado y vida útil de los implementos.

Ficha de inscripción y aceptación de riesgos

Este es, quizás, el documento más importante para el respaldo legal de tu empresa. El Decreto 19 establece que ningún turista puede realizar la actividad sin haber firmado este documento.

¿Qué información debe contener obligatoriamente?

De acuerdo a la ley, la ficha debe estar disponible al menos en español e inglés y capturar los siguientes datos:
  • Datos personales: Nombre, cédula o pasaporte, edad y nacionalidad.
  • Declaración de salud: Alergias, medicamentos, enfermedades crónicas, embarazo u otras condiciones relevantes.
  • Contacto de emergencia: Datos de una persona a quien contactar en caso de incidente.
  • Aceptación de riesgos: Una declaración donde el participante afirma conocer los riesgos de la actividad
  • Nota sobre el almacenamiento: Las fichas deben guardarse (física o digitalmente) por un mínimo de dos años desde la fecha de su firma.

Un ejemplo práctico de cómo manejar este volumen de información es utilizar herramientas como e-tourism, que automatizan la captura de estos datos y aseguran su almacenamiento digital seguro, evitando la pérdida de documentos físicos.

Cómo digitalizar y cumplir eficientemente

El cumplimiento del Decreto 19 genera una gran cantidad de "papeleo". Gestionar manualmente las fichas médicas, los contactos de emergencia y las aceptaciones de riesgo de cientos de pasajeros puede llevar a errores críticos o a la pérdida de información necesaria para la defensa legal.

Digitalizar estos procesos no solo ayuda a cumplir con el estándar de almacenamiento de dos años que exige la ley, sino que mejora la experiencia del cliente al permitirle completar la información desde su teléfono antes de llegar al lugar. Plataformas especializadas como e-tourism permiten que esta transición sea fluida, asegurando que todos los campos requeridos por el reglamento (como la declaración de salud y seguros) estén siempre completos y organizados.

Conclusión

Cumplir con el Decreto 19 no es opcional, es la base de la sostenibilidad de cualquier negocio de turismo aventura en Chile. Implementar estos estándares no solo te otorga un respaldo legal sólido ante cualquier eventualidad, sino que proyecta una imagen de profesionalismo y seguridad que los turistas valoran cada vez más.

La seguridad del pasajero y la eficiencia de tu operación van de la mano. Al automatizar y digitalizar tus obligaciones legales, reduces el error humano y te enfocas en lo que mejor sabes hacer: entregar experiencias inolvidables en la naturaleza.

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